El Comité Europeo de Derechos Sociales admite la queja colectiva contra España por la falta de accesibilidad a la vivienda

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miércoles, 29 de octubre de 2025
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La queja colectiva, presentada por el European Disability Forum (EDF), ha contado con la colaboración de CERMI y el asesoramiento jurídico de rēgula

El Comité Europeo de Derechos Sociales (ECSR, por sus siglas en inglés) ha acordado admitir a trámite la queja colectiva presentada por el European Disability Forum (EDF), con la colaboración de CERMI y el asesoramiento jurídico de rēgula, sobre las deficiencias estructurales del marco legislativo español en materia de accesibilidad a la vivienda para personas con discapacidad y movilidad reducida.

La queja argumenta que España vulnera los derechos fundamentales de estas personas, al no garantizar el acceso efectivo a la vivienda para millones de personas, especialmente en los edificios residenciales construidos con anterioridad a la normativa sobre accesibilidad universal. En estos casos, la adaptación sigue dependiendo de la voluntad de las comunidades de propietarios, lo que limita la autonomía personal, la integración social y el ejercicio de otros derechos fundamentales.

Bajo esta premisa, rēgula ha decidido apoyar la propuesta de las dos asociaciones mediante el asesoramiento pro bono.

El problema de accesibilidad a la vivienda

El acceso a la vivienda es un derecho recogido en la Constitución española bajo los principios rectores de la política social y económica, y ha sido desarrollado con posterioridad en la normativa sectorial. Concretamente, la reciente Ley de la Vivienda de 24 de mayo de 2023 establece, en artículo 2, que uno de los objetivos perseguidos es “[a]segurar la habitabilidad de las viviendas, entendida como el conjunto de los requisitos mínimos de calidad, funcionalidad y accesibilidad universal”.

Cabe señalar que no se trata de un problema novedoso, pues CERMI ha venido denunciando esta situación durante toda su actividad. [1] De hecho, se trata de una vulneración por la que, de acuerdo con las estadísticas disponibles, aproximadamente dos millones de personas en España requieren asistencia para acceder a su vivienda, mientras que unas 100.000 personas no pueden abandonar sus propios domicilios a causa de la falta de infraestructuras.[2] Otros medios, como Cinco Días, informan de que cerca de un millón de personas con discapacidad (el 22%) han tenido que realizar adaptaciones en sus viviendas para facilitar la accesibilidad y otros 285.000 individuos con discapacidad (el 6,6%) se han tenido que cambiar de vivienda por motivo de su discapacidad.[3]

A pesar de los avances legislativos y las líneas de ayudas públicas, las barreras arquitectónicas continúan siendo un factor determinante de exclusión. La realidad socioeconómica de los afectados agrava esta situación: la capacidad de financiar la construcción de estas infraestructuras -como ascensores, rampas, entre otros ejemplos- suele depender de fondos privados, lo que marca una diferencia económica en el disfrute de derechos fundamentales. En cambio, las ayudas públicas solo alcanzan al 10% de las comunidades que deciden llevar a cabo las obras planteadas, según informa el Servicio de Información sobre Discapacidad.[4]

El mecanismo de quejas colectivas

La decisión del Comité Europeo de Derechos Sociales supone un primer hito procesal de gran relevancia. La admisión del caso confirma la credibilidad jurídica de la denuncia formulada, y obliga al Reino de España a responder a las alegaciones. El proceso permite, además, la participación de terceros actores y expertos en derechos sociales, reforzando el control democrático internacional sobre las políticas públicas.

El sistema de Quejas Colectivas de la Carta Social Europea -una herramienta todavía poco conocida en España- constituye una vía esencial de participación ciudadana, que permite trasladar situaciones de vulneración de derechos sociales a órganos especializados del Consejo de Europa, especialmente cuando las respuestas institucionales a nivel interno se muestran insuficientes o ineficaces.

Concretamente, este procedimiento está disponible en España desde que se ratificó el Protocolo Adicional a la Carta Social Europea en el año 2021. Por su parte, España firmó en el año 2000 la Carta Social Europea, por lo que estaría obligada a respetar y promover los derechos fundamentales allí recogidos.

Un llamamiento a reforzar la accesibilidad como derecho

La queja, presentada por EDF, reconocida por el Comité como una de las asociaciones representativas de los derechos fundamentales de las personas con discapacidad en Europa, solicita al Comité que declare que España incumple los artículos 15, 16, 23, 30, 31 y E) de la Carta Social Europea, relativos a la no discriminación, el derecho a la vivienda, la inclusión social y la protección de personas mayores y con discapacidad. Asimismo, insta a que se modifique el marco legal vigente para garantizar la accesibilidad universal en todo el parque residencial, sin depender exclusivamente de acuerdos privados o de la situación económica de los afectados.

El objetivo es denunciar la sistemática vulneración de los derechos fundamentales al acceso a la vivienda, de las personas con discapacidad y de las personas mayores -todos ellos protegidos por este instrumento- y solicitar la adopción de medidas que pongan fin a la situación denunciada.

Próximos pasos

Tras esta decisión de admisión, se inicia la fase de examen de fondo del asunto. El Reino de España deberá presentar observaciones ante el Comité antes del 15 de diciembre, tras lo que EDF y CERMI tendrán su correspondiente trámite para responder. Otros Estados y asociaciones legitimadas podrán presentar igualmente alegaciones. Finalmente, el Comité emitirá su decisión, que podrá incluir el reconocimiento de la vulneración, así como recomendaciones y mandatos vinculantes para España.

Mientras avanza el procedimiento, las organizaciones promotoras reiteran la urgencia de afrontar una reforma estructural, capaz de garantizar que todas las personas puedan ejercer el derecho de accesibilidad universal también en sus propios hogares. En rēgula continuaremos ofreciendo nuestro asesoramiento pro bono en las siguientes fases del procedimiento.


[1] Véase, por ejemplo: https://cermi.es/noticia/el-cermi-reclama-ante-el-20-d-una-verdadera-reforma-de-la-ley-de-propiedad-horizontal-para-garantizar-la-plena-accesibilidad-en-todos-los-edificios-de-viviendas

Adicionalmente: https://cermi.es/noticia/reformar-la-ley-de-propiedad-horizontal-para-garantizar-la-accesibilidad-universal

[2] Por ejemplo, el siguiente reportaje del periódico El País de 2024: https://elpais.com/economia/negocios/2024-01-27/cuando-salir-de-casa-es-una-odisea-atrapados-por-falta-de-accesibilidad.html

[3] Ver la noticia de 2024: https://cincodias.elpais.com/companias/2024-05-29/mas-de-un-tercio-de-los-hogares-en-espana-se-encuentra-en-edificios-poco-o-nada-accesibles.html

[4] Véase: https://sid-inico.usal.es/noticias/cocemfe-pide-al-gobierno-que-en-la-reforma-de-la-ley-de-propiedad-horizontal-incluya-la-obligacion-de-realizar-obras-de-accesibilidad/


Para más información

Inés Falquina (ines.falquina@regula.law)

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